Un juzgado de Pamplona considera libertad de expresión un tuit de Vox en el que llamó “etarra” al alcalde de Pamplona

Rodrigo Saiz

Pamplona —
14 de mayo de 2025 11:46 h

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El juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona ha desestimado la demanda que interpuso el alcalde de Pamplona, Joseba Asiron (EH Bildu), a Vox Navarra por un tuit que el partido de extrema derecha publicó en la red social X en el que llamaba al alcalde “etarra” y le acusaba de “patrocinar el terrorismo” por una subvención del Consistorio a la comisión de fiestas de San Fermín Txikito. La magistrada considera que ese mensaje no vulnera el honor de Asiron, como reclamaba el alcalde, quien pedía una indemnización de 30.000 euros, y lo enmarca en un ejercicio de libertad de expresión.

En el mensaje difundido a través de la cuenta de X de Vox Navarra, la formación de Santiago Abascal llamó “etarra” a Joseba Asiron por subvencionar desde el Ayuntamiento, “con el dinero de todos los pamploneses”, a la comisión de fiestas de San Fermín Txikito, unas fiestas que se celebran en el Casco Viejo de la ciudad a finales del mes de septiembre. En concreto Vox aludía a uno de los carteles de la fiesta en el que aparecían “símbolos nacionalistas e independentistas vascos de un partido independentista vasco como es Sortu (hoy parte de EH Bidu) y anagramas de los presos de ETA”, según recoge la sentencia.

La jueza señala que al tratarse de un cartel “con un contenido polémico”, está “abierto a la crítica política” y, por tanto, las imputaciones realizadas por Vox en su tuit “deben ser entendidas en el marco de la discrepancia a una forma de hacer política, y de la utilización de los fondos públicos. En el marco además de la contienda política entre dos partidos, el que forma parte el actor, EH Bildu (partido nacionalista e independentista vasco) y Vox (partido nacionalista español) aquí demandado que se encuentran en las antípodas ideológicas”.

Así enmarca el tuit en un ejercicio de “libertad de expresión” y descarta que se haya vulnerado el derecho al honor del alcalde y añade que “no hay que olvidar” que los mensajes y las expresiones utilizadas por Vox de “alcalde terrorista” o “patrocinador del terrorismo” son imputaciones “desde un partido político, Vox Navarra, al Sr Asiron con un cargo y proyección pública” y “a razón” del cartel de las Fiestas de San Fermín Txiquito, “que aunque en el acto plenario se ha aclarado no es autoría del Ayuntamiento, sino de la asociación vecinal que organiza dichas fiestas, no se niega que haya sido subvencionado por el Ayuntamiento o para ser más exactos por parte de la concejalía de Cultura, que forma parte, por tanto, del Ayuntamiento que preside el Sr Asiron”.

La sentencia destaca a su vez que Joseba Asiron no “ha demostrado” la “gran repercusión” pública que tuvo el tuit y señala que es “difícil deducir” la repercusión personal o familiar que han tenido dichas imputaciones al alcalde. “No entiendo que la parte actora haya probado la concreta repercusión personal, social o familiar que han tenido. No digo que no la haya tenido, pero sí que alegada no han sido probadas y es la parte actora quien tuvo la carga y facilidad de probarlo, y no considero que en este caso lo haya hecho”, concluye.