El Ayuntamiento de Logroño recortó los 10 minutos del cambio de vestuario de la jornada de los oficiales de la depuradora

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 da la razón a UGT y anula el Acuerdo de la Junta de Gobierno de diciembre de 2024, con el que recortaba en diez minutos la jornada a los Oficiales de Depuradora por el cambio de vestuario.

La sentencia considera que el Ayuntamiento vulneró el artículo 14 del Texto Regulador de las Condiciones de Empleo de la Función Pública Municipal (2024-2027), que establece que para los funcionarios en régimen de turnos se debe computar como jornada efectiva hasta 10 minutos previos al inicio por el cambio de vestuario. 

El Consistorio había reducido unilateralmente la jornada de estos trabajadores de 7 horas y 10 minutos a 7 horas, eliminando ese tiempo adicional sin aportar justificación suficiente. Durante el procedimiento, la Administración alegó motivos organizativos, argumentando que el solape de turnos había perdido sentido gracias a mejoras tecnológicas y de registro, “pero ni en los informes internos ni en la aprobación final se abordó el cumplimiento del citado artículo del acuerdo laboral”, según ha indicado UGT.

Este incumplimiento fue conocido y debatido en la Mesa General de Negociación, donde las secciones sindicales votaron en contra de la modificación.

La magistrada-juez ha concluido que, si bien el Ayuntamiento goza de amplias facultades de autoorganización, estas deben ejercerse respetando la normativa vigente y evitando decisiones arbitrarias. Por tanto, ha ordenado restablecer la jornada anterior de 7 horas y 10 minutos, con los horarios de 6:50 a 14:00 horas y de 13:50 a 21:00 horas en los turnos de mañana y tarde, respectivamente. Además, la sentencia impone al Ayuntamiento de Logroño el pago de las costas procesales, hasta un máximo de 600 euros (IVA no incluido).

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